Formulario de Afiliación

    Solicito a la Junta Directiva de SINTRACOLPEN mi afiliación en calidad de adherente a la organización sindical. Autorizo el tratamiento de mis datos personales conforme a la Ley 1581 de 2012, así como las normas que la reglamentan, adicionan y modifican. Entiendo que la información recaudada en este formulario tiene por objeto conformar el registro de afiliados de SINTRACOLPEN.

    Declaro que conozco las

    Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales

    de SINTRACOLPEN.

    Acepto

    Con la firma de este formulario de afiliación autorizo a la Gerencia de Gestión del Talento Humano y/o área pertinente de COLPENSIONES para que proceda a descontar de mi remuneración la cuota ordinaria mensual, extraordinaria fijada en Asamblea de Afiliados y multas que me llegasen a imponer en mi calidad de afiliado(a), de conformidad con los Estatutos del Sindicato.


    Fecha de diligenciamiento


    firma,

    ABC de la Afiliación
    Con base en los Estatutos de SINTRACOLPEN, Reforma del 6 de diciembre de 2024 (Capítulo IV, Artículos 6° y 7°).

    Requisitos para afiliarse

    ✅ Ser servidor público de Colpensiones, en cualquier parte del país.

    ✅ Ser mayor de 18 años.

    ✅ Aceptar los estatutos del sindicato.

    ✅ Llenar el formulario de solicitud, físico o en línea, y dirigirlo a la Junta Directiva Nacional, Subdirectiva o Comité Seccional que corresponda.

    ✅ Adjuntar constancia de trabajo y copia del documento de identidad.

    ✅ Aceptar el pago de las cuotas ordinarias, extraordinarias y las multas, por nómina o directamente en la Tesorería.

    ✅ Tener buena conducta, en público y en privado.

    Cómo se aprueba la afiliación

    1. La solicitud se presenta ante el Comité Seccional, la Subdirectiva o la Junta Directiva Nacional, según corresponda.
    2. Se aprueba por mayoría de votos en ese mismo órgano.
    3. Se inscribe al afiliado en el libro o en la base de datos del sindicato.
    4. La Junta Directiva Nacional avisa por escrito a Colpensiones que el trabajador ya está afiliado.

    Quién no puede afiliarse

    🚫 Quien no cumpla los requisitos del punto A.
    🚫 Quien haya sido sancionado administrativa, judicial o disciplinariamente por hechos dentro de la empresa que afecten los derechos laborales de los trabajadores de Colpensiones.
    🚫 Quien, según pruebas, haya actuado en contra de los principios u obligaciones de los estatutos; en este caso la Junta Directiva Nacional envía el caso al Comité de Ética, que da su concepto antes de decidir.

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    💡  Si un afiliado deja de pagar la cuota durante 3 meses seguidos sin justificación, pierde su condición de afiliado (y de miembro de Junta Directiva, si tenía cargo).